viernes, 12 de octubre de 2007

Planificación tributaria en la empresa agropecuaria
Beneficios de una correcta y oportuna planificación fiscal

Tiene gran importancia realizar un planeamiento tributario que proteja al productor de los continuos cambios en las normas impositivas y más aún en estos tiempos de competencia feroz en los cuales se trata de obtener una máxima rentabilidad al menor costo posible. Dicha planificación debe ser a corto, mediano y largo plazo para todo tipo de empresas, incluidas las Pymes.
Para lograr un planeamiento tributario eficiente, lo primordial es conocer las normas en vigencia que afectan a la producción primaria, anticipar vencimientos y tomar decisiones responsables frente a las obligaciones que genera cada impuesto.
El principal objetivo perseguido es anticiparse a futuros problemas impositivos, a futuras fiscalizaciones.-
Diferentes momentos de la planificación impositiva:
1. Al inicio de la vida de la empresa agropecuaria
2. Cuando se producen modificaciones en la estructura de la empresa
3. Al modificarse las reglas económicas, y cuando cambian las leyes impositivas
4. Antes de proceder al cierre del ejercicio: es vital realizar un balance proforma para ver como marchan los resultados de la empresa, y hacer una proyección impositiva.
Herramientas a tener en cuenta para una eficaz planificación impositiva :


1.Forma jurídica elegida Debemos distinguir por una lado a las sociedades irregurales o de Hecho que tienen la ventaja de tener un menor costo impositivo ya que en el caso del Impuesto a las Ganancias se distribuye la utilidad entre los socios y cada uno tributa según una escala progresiva, pero tiene la gran desventaja de que los socios responden en forma solidaria , ilimitada y directa, sin poder invocar los beneficios del art. 56 de la ley 19550 ni las limitaciones fundadas en el contrato social conforme al art. 23.( el tercero que contrató con la sociedad puede dirigir su acción en forma indistinta contra la sociedad o cualquiera de sus integrantes en forma indistinta)
Y por el otro lado se encuentran las sociedades de capital o regulares regidas por la ley Nº 19550 que tienen un mayor costo impositivo (tributan la tasa del 35% sobre las utilidades imponibles) pero son convenientes desde el punto de vista de la responsabilidad contraída, ya que se limita al capital aportado, salvo casos de dolo o de fraude.-
Así antes de adoptar un tipo societario deberá hacerse un análisis de costos a afrontar, riesgos a asumir, responsabilidad ante terceros y grado de confianza entre los socios.-
2)Cantidad de socios administradores o directores: la ley permite que los socios gerentes(SRL) o directores(SA) ocupen cargos en relación de dependencia, con lo cual la sociedad podrá deducir los sueldos abonados en el Impuesto a las Ganancias y así disminuir la ganancia sujeta a impuesto.
3) Composición del capital propio o ajeno: si la empresa se financia a través de terceros(instituciones financieras, proveedores) tendrá un mayor costo financiero representado por los intereses pagados, los cuales podrán ser deducidos como gastos y de esta manera no arriesgará fondos propios. Esto tiene un lìmite ya que a medida que aumenta la financiación de los terceros, la tasa de interés requerida es mayor.
4)Aprovechamiento de tecnologías: la inversión en bienes de capital brinda beneficios impositivos(amortización acelerada en Ganancias, devolución anticipada IVA)
5) Reorganización/Fusiòn empresaria: llegado el momento y haciendo un balance pro forma, la empresa podría considerar que es oportuno realizar una fusión/escisión, ya que todos los gastos ocasionados pueden ser deducidos de las utilidades.
6)
Buscar herramientas dentro de la ley que permitan reducir en forma legítima el costo impositivo, a fin de conseguir un ahorro.
a) la figura que permite la colocación de fondos en una S.G.R.(Sociedad de Garantía Recíproca) tal cual lo establece la Ley Nº 24.464 que en su art. 79 permite deducir como gasto en el Impuesto a las Ganancias el dinero que se aporte a este tipo de sociedad, lo que a su vez constituye una forma de inversión que puede ser rentable, pero como contrapartida se ve afectada por el riesgo financiero.-
b)Solicitud de exclusión del régimen de retención y percepción del IVA. Es muy importante cuando los saldos a favor de libre disponibilidad son considerables.
c) Reducciòn de anticipos: en el caso de que se estime que los anticipos a pagar (de Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, Bienes Personales) es superior a lo que resultará del importe anual definitivo se puede ejercer la opción de reducción o eliminación de los anticipos)
d) Cómputo de pagos a cuenta : las empresas agropecuarias pueden computar como pago a cuenta de IVA y de Ganancias el 100% del Impuesto a los Combustibles líquidos(ITC) que paga
e) Régimen de venta y reemplazo de bienes de uso: esto posibilita afectar la utilidad obtenida en la venta al costo impositivo del bien de reemplazo y se evita de pagar el Impuesto a las Ganancias originado por el resultado impositivo que genera la venta.-
f) Pago anual del IVA, el productor agropecuario tiene la ventaja de pagar el IVA en forma anual, en el mes de cierre del ejercicio o año calendario.
g) Aprovechamiento de saldos a favor del IVA de libre disponibilidad: estos saldos se pueden compensar contra otros impuestos, por ejemplo con Ganancias. Debe destacarse que también puede solicitarse la devolución de este tipo de saldos, pero esto puede generar una fiscalización por parte de la AFIP. A su vez este saldo también puede ser trasferido a otra empresa.
Conclusión:
Existen tres formas para reducir la carga impositiva:
1. Evasión: la AFIP castiga con severas sanciones : multas, clausuras, y hasta sanción de arresto establecida por la Ley Penal Tributaria
2. Elusión: es la utilización de medios tendientes a reducir la carga tributaria pero dentro de ciertos límites que a veces no son tan claros y nos pueden ocasionar inconvenientes ante una eventual inspección.-
3. Cumplir con la normativa legal y dormir tranquilo ante futuras inspecciones
Informe realizado por los contadores Marcelo Yebrín y Carlos Dante Rodríguez
Publicado en Revista Noticampo