miércoles, 13 de junio de 2007


Herramienta de inversión y financiamiento para el agro .
Instituto reglado por la ley Nº 24.441 del 16/01/1995 denominada Ley para el financiamiento de la vivienda y la construcción.
Definición:El articulo 1 de la ley dice:"Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario".
El fideicomiso es una figura jurídica que permite aislar bienes, negocios, créditos, en un patrimonio independiente y separado y se caracteriza por la transferencia
a tìtulo de confianza de la propiedad fiduciaria, por lo cual se ha transformado en una herramienta eficaz a la hora de llevar a cabo proyectos de inversión.-
Sujetos intervinientes:
Fiduciante: persona física o jurídica que entrega los bienes en propiedad fiduciaria, el que constituye el fideicomiso. Puede ser al mismo tiempo beneficiario, pero no podrá ser fiduciario.
Fiduciario: persona física o jurídica que recibe los bienes fideicomitidos del fiduciante y es quien debe cumplir el encargo y darle a esos bienes el destino que áquel expresó en el contrato.
Beneficiario: persona que debe recibir los beneficios derivados del cumplimiento del encargo y eventualmente, los bienes fideicomitidos al momento estipulado o al vencimiento del plazo legal.
Fideicomisario:es quien recibe los bienes al finalizar el fideicomiso. Es beneficiario en el caso de que ninguno de los previstos aceptare.-
Derechos y obligaciones de cada parte interviniente:
Fiduciario:deberá actuar de manera tal de poder cumplir en forma plena con la voluntad del fiduciante por medio de la adecuada conservación, custodia y administración de los bienes recibidos
a) Podrà realizar actos de administración y disposición de los bienes fideicomitidos
b) Debe mantener los bienes separados del resto de sus activos/proteger los bienes fideicomitidos/rendir cuentas de su gestión/transferir los bienes a sus dueños.
c) Tiene prohibido adquirir para sí los bienes fideicomitidos.
d) Tiene derecho a cobrar remuneración por la administración del fideicomiso y a que se le reembolsen los gastos efectuados.
e)Responsabilidad: art 16: " Los bienes del fiduciario no responderán por las obligaciones contraídas en la ejecución del fideicomiso, las que sólo serán satisfechas con los bienes fideicomitidos".Esto se aplicará siempre que el fiduciario actue con la prudencia y diligencia de un buen hombre de negocios sin defraudar la confianza que fue depositada en él.
Fiduciante: a) exigir al fiduciario el cumplimiento de lo acordado y rendición de cuentas de su gestión y en su caso ejercer acción de responsabilidad en su contra. Puede pedir la remoción del fiduciario y designar uno nuevo.
b)ejercer acciones para la defensa de los bienes fideicomitidos.
Beneficiario: similar a lo establecido para el fiduciante.-
Condiciones exigidas para llevar adelante un fideicomiso:
A)Debe tratarse de un proyecto económicamente sólido, el cual debe ser comercial, técnica y económicamente factible. Debe realizarse una valuación económica-financiera del proyecto.
B)Honestidad y buena gestión de quien lo organiza.
C)Redactar el contrato con todas las cláusulas necesarias, de manera tal de que no queden dudas de los derechos, obligaciones y responsabilidades que asume cada una de las partes involucradas.
Cuestiones contables :los fideicomisos no están contemplados en la ley 19.550 ya que no poseen personería jurídica y sólo hay como referencia contable el Informe Nº 28 emitido por la Comisión de Estudios de Contabilidad del C.P.C.E. de la Ciudad Autónoma de Bs.As., no siendo obligatoria su aplicación.
Existirá un patrimonio fiduciario que estará integrado por los bienes fideicomitidos y que constituirá un patrimonio separado del patrimonio del fiduciario y del fiduciante.Implicancias impositivas:
Impuesto a las Ganancias: 1. Si el fiduciante es beneficiario y domiciliado en el paìs se le atribuye el resultado como renta de 3era. categoría y lo incorpora en su propia liquidación. 2. Si el fiduciante no es beneficiario el resultado recae en cabeza del fideicomiso y la posterior distribución de utilidades se asemeja a un dividendo.(tributan como si fuera una sociedad de capital)
Ganancia Mínima presunta: tributa el fideicomiso . Alícuota aplicable 1%
Bienes Personales: este impuesto no alcanza al fideicomiso
I.V.A e Ingresos Brutos:el fideicomiso deberá inscribirse si la actividad esta gravada Régimen de retenciones RG 830: el fideicomiso está obligado a actuar como agente de retención por los conceptos que se abonen a los acreedores domiciliados en el país.
El fideicomiso y el fraude:El objetivo que se persigue con el fideicomiso debe ser claro y rentable para los inversores, para evitar que a través de él se realicen negocios simulados, fraudulentos o sospechosos y para detectar este tipo de ílicitos es fundamental realizar un análisis pormenorizado de la situación económica , financiera y patrimonial de los fiduciantes (inversores).
Esquema de funcionamiento del fideicomiso agropecuario:uno o más productores transfieren transitoriamente y para realizar un determinado negocio, bienes y derechos de su propiedad(semillas, maquinarias,insumos,etc.) a un tercero designado por ellos, quien reunirá los recursos, los protegerá y administrará para cumplir con el ciclo de producción y comercialización. El fideicomiso produce y vende la cosecha y con los recursos obtenidos paga a sus acreedores y el remanente se liquida a los productores.
Se organiza un pool de siembra por medio de un fideicomiso agropecuario, a través del cual se integran productores e inversores.
Presenta ventajas impositivas, de costos y de seguridad jurídica.-
Informe realizado por los contadores Marcelo Yebrín y Carlos Dante Rodríguez
Publicado en el suplemento mensual del Diario La verdad "Zona Productiva"